La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso que, desde el 1º de abril, rige la obligatoriedad de recibir pagos por débito por parte de los comercios, prestadores de servicios y profesionales.

Esta regulación, que también está diseñada para los pagos electrónicos, se establece con el objetivo de buscar la promoción de implementación de equipos en puntos de ventas (POS). Los pagos deben ser aceptados desde los $10 en adelante.

El incumplimiento de esta nueva disposición estipula multas entre $300 y $30000, como también la clausura de locales comerciales de 3 a 10 días. Los consumidores podrán denunciar a aquellos prestadores o comerciantes que no se apeguen a la normativa y no acepten estos pagos.

Informacion enviada por la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME)