Desde la Confederación argentina de la Mediana Empresa (CAME) nos informan que la Secretaría de Emprendedores y Pymes del Ministerio de Producción, a través de la Resolución 154/2018 publicada en el Boletín Oficial, estableció la nueva clasificación que determina qué empresas se encuadran dentro de la categoría Pyme.

 

La normativa eleva los límites de facturación anual contemplando las especificidades propias de los distintos sectores y la evolución reciente de los mismos. Para el sector de industria, por ejemplo, ahora se considera una micro empresa la que facture en promedio durante los últimos 3 años hasta $13,4 millones, una pequeña hasta $81,4 millones; una mediana tramo 1 hasta $661,2 millones y una mediana tramo dos hasta $966,3 millones.

 

.Límites de ventas totales anuales expresados en pesos

 

En tanto, se incorpora la variable de personal empleado de manera concurrente con las ventas, con el objetivo de lograr un encuadre más preciso en la categorización Pyme.

Para las empresas que realicen actividades de comisión o consignación, se tomará solo la variable empleo lo cual les permitirá encuadrarse dentro de la categoría que más se ajuste a su tamaño real.

Por otro lado y con el objetivo de incentivar las ventas al mercado externo de las pequeñas y medianas empresas, se deducirá hasta el 75 % del monto de las exportaciones al momento de calcular la facturación.

 

Límites de personal ocupado

 

“Como cada año, seguimos perfeccionando la definición para que ninguna Pyme se quede afuera y a su vez, que sean cada vez más las pequeñas y medianas empresas que den el salto exportador”, aseguró el secretario de Emprendedores y Pymes, Mariano Mayer, quien también agregó que “las nuevas categorías son, en gran medida, resultado del diálogo permanente con las cámaras empresarias de los distintos sectores y de la labor que venimos realizando en instancias como el grupo de trabajo de Emprendedores y Pymes de la OCDE para alinearnos con los estándares internacionales”.

Para ser considerada Pyme, las empresas deben inscribirse vía web en el Registro Pyme: https://www.produccion.gob.ar/pymes. Las empresas que se ubiquen dentro de estos nuevos parámetros, estarán en condiciones de acceder a los beneficios que brinda la Ley Pyme como medidas de alivio en materia administrativa y fiscal, estímulos financieros y acceso a mejores créditos y fomento de inversiones.

Para acceder a la Resolución 154/2018, haga clic aquí.

 

Información enviada por la Conferación Argentina de la Mediana Empresa (CAME)